Jubilación. Pago de capital constituido a la jubilación, formado por las aportaciones y sus rendimientos.
Fallecimiento. Pago de un capital a los beneficiarios en caso de fallecimiento del partícipe, formado por las aportaciones realizadas al plan y sus respectivos rendimientos.
Invalidez. El participe podrá disponer de forma forma anticipada el fondo acumulado hasta el momento en que le sea reconocida la invalidez absoluta o profesional.
Desempleo de Larga Duración.- Podrá solicitar el fondo acumulado en caso cumplir los requisitos establecidos para esta contingencia.
Enfermedad Grave. Pago de un capital a los beneficiarios en caso de fallecimiento del partícipe, formado por las aportaciones realizadas al plan y sus respectivos rendimientos.
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