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Preguntas más frecuentes

  1. ¿En qué consisten las coberturas opcionales?
  2. ¿Se puede contratar a partir de los 65 años de edad?
  3. ¿Se modifican los capitales o garantías cubiertos por este seguro?
  4. ¿Puedo nombrar beneficiario a cualquier persona?
  5. En caso de pago del siniestro, ¿la póliza continúa en vigor?
  6. ¿Tengo que hacerme un reconocimiento médico para contratar?

1. ¿En qué consisten las coberturas opcionales?

Son coberturas opcionales que por un coste muy bajo aumentan las prestaciones del seguro, bien incluyendo garantías diferentes al fallecimiento o bien aumentando los capitales cubiertos.

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2. ¿Se puede contratar a partir de los 65 años de edad?

Sí, se puede contratar hasta los 70 años de edad, pero desde los 65 sólo con la garantía de fallecimiento.

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3. ¿Se modifican los capitales o garantías cubiertos por este seguro?

No se modifican automáticamente pero si deseas hacerlo, sólo necesitas ponerte en contacto con tu mediador.

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4. ¿Puedo nombrar beneficiario a cualquier persona?

Sí, el capital garantizado se abona a la persona que tú elijas sin que tengan que ser los herederos legales.

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5. En caso de pago del siniestro, ¿la póliza continúa en vigor?

Una vez abonada la prestación o el capital, la póliza se cancela (salvo la garantía de enfermedades graves, que continúa en vigor)

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6. ¿Tengo que hacerme un reconocimiento médico para contratar?

En la mayor parte de los casos, sólo es necesario un pequeño cuestionario de salud muy fácil de cumplimentar.

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